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Intiman a empleador por no retener a un trabajador la cuota alimentaria de su hija

El padre y la madre de la joven pactaron en 2014 la cuota alimentaria, pero poco después el hombre comenzó a incumplir el acuerdo.

La Justicia de Familia de Rosario dispuso la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios de un padre incumplidor y de su empleador por no retener de sus haberes la cuota alimentaria de la hija.

El padre y la madre de la joven pactaron en 2014 la cuota alimentaria, pero poco después el hombre comenzó a incumplir el acuerdo. Además, a la hija se le diagnosticó un problema de salud que demanda más gastos en medicación y alimentación.

La mamá con el patrocinio de la abogada Analía Galván solicitó un incremento de la cuota alimentaria. Pero, el padre rechazó la cifra pedida por la mujer.

La jueza de Familia Andrea Mariel Brunetti estableció en febrero del año pasado la cuota alimentaria en 25.000 pesos, equivalente al 76% del salario mínimo, vital y móvil. Resolvió que sean retenidos por el empleador del padre de la joven y proceda a depositarlos en una cuenta abierta a ese fin en el Banco Municipal de Rosario, ubicado en Montevideo al 2000.

Asimismo, ordenó a la empleadora a cumplir con la retención resuelta bajo intimación de una multa diaria de $4.145.

La deuda por retención de la cuota alimentaria se remonta a principios del año pasado. Tanto el padre como la patronal fueron inscriptos en el Registro de Deudores Morosos.

La deuda es superior a los $300.000 y durante la feria judicial fueron depositados $100.000.

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