La Justicia rosarina admitió una acción de amparo y ordenó a IAPOS la cobertura para un afiliado que sufre inflamación de la médula espinal del medicamento Rituximab 1 gramo, los tratamientos ambulatorios de terapia ocupacional y psicología y los traslados.
El hombre padece mielitis longitudialmente extensa recurrente que le provocó debilitamiento físico. El Instituto Autárquico Provincial de Obra Social sostuvo que “la cobertura del Rituximab 1 gramo le fue negado porque la Administración Nacional de Medicamentos no autorizó ese remedio para la patología que tiene el afiliado, sino para otras patologías”.
El juez en lo civil y comercial Ezequiel Zabale había dictado en mayo del año pasado una medida cautelar parcialmente favorable a la pretensión del amparista.
Al admitir ahora el amparo patrocinado por el abogado Luciano Blanco Strubbia destacó que “un mismo medicamento puede ser aprobado principalmente para una patología o enfermedad y luego de su aprobación se descubrió que tiene aplicaciones para
otras enfermedades. La aprobación del Rituximab data del año 2013, por lo que perfectamente se puede haber ensayado el uso de la droga o del medicamento para otros “tratamientos”.
Agregó el magistrado “Iapos está denegando coberturas médicas con bases en parámetros administrativos y distintos a la vara judicial que debe mirar siempre bajo el prisma de los derechos del paciente, de la salud y de la vida que tienen jerarquía constitucional y son muy superiores a una norma administrativa”.
Afirmó que “el derecho a la salud tiene incidencia fundamental en la vida de las personas y en la estructura jurídica del derecho argentino, consagrando un carácter de defensa a quien reclama la protección del estado en materia de salud”.
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