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La reforma laboral vuelve a entrar en vigencia: la Justicia levantó la suspensión de más de 80 artículos

El falló fue otorgado por la Cámara del Trabajo, quien quitó el amparo que regía sobre un cantidad de puntos. Los detalles. 

La Cámara del Trabajo falló a favor del Gobierno nacional y revocó un amparo que suspendía 82 artículos de la reforma laboral, que había quedado en parte sin efecto por una cautelar del juez Raúl Ojeda. La decisión judicial fue celebrada por el propio Presidente y otros funcionarios del Gabinete libertario.

La resolución, firmada por los jueces María Dora González y Víctor Arturo Pesino, insta a “modificar la resolución del 7 de abril de 2026 y otorgar efecto suspensivo al recurso de apelación, deducido por el Estado Nacional, contra la resolución que admitió la medida cautelar solicitada por la Confederación General del Trabajo, de la República Argentina”.

La cautelar en cuestión había sido aceptada por el juez laboral Raúl Ojeda, que ordenó inhabilitar 82 artículos de la reforma laboral al considerar que existían indicios serios de inconstitucionalidad y riesgo de daños irreparables. El nuevo fallo de la Cámara del Trabajo pone en suspenso esta cautelar y le devuelve la vigencia a los artículos hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

La CGT había planteado que la reforma implica una regresión en derechos laborales, afecta la libertad sindical y vulnera principios constitucionales y tratados internacionales incorporados a la Constitución. Entre los puntos que habían sido criticados son los cambios en el régimen de indemnizaciones, la ampliación de facultades del empleador, la flexibilización de condiciones laborales y nuevas restricciones a la actividad sindical.

Los artículos de la Ley 27.802 que vuelven a tener vigencia son el 1, 3, 6, 9, 10, 13, 16, 17, 18, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 41, 42, 44, 43, 46, 47, 48, 50, 51, 53, 55, 56 y 57.

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