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Judiciales

Rechazaron un habeas data contra el Banco Municipal

La jueza en lo civil y comercial, Susana Gueiler, sostuvo que “surge que el Banco accionado dio respuesta al pedido de información que se le cursara por Carta documento recepcionada en fecha 18/06/25, cuya copia luce agregada a al domicilio oportunamente consignado por la actora”.

Rechazaron un habeas data contra el Banco Municipal de Rosario. La mujer inició una acción de hábeas contra el Banco para obtener amparo judicial y que la decisión consecuente acoja los siguientes puntos: tomar conocimiento en relación a lo consignado a su nombre en las bases de datos del Banco Municipal de Rosario; obtener información sobre los datos que la demandada recopila o posee en relación a su persona; que le sea informado las fuentes a través de los cuales ha obtenido datos de su persona; saber si está informada en sus bases como deudora y/o incumplidora de obligaciones, y en su caso de quien resultaría ser deudora, que le sea informado el destino y/o finalidades de los datos que Banco tenga en sus bases de datos referentes a su persona; que le informen si los datos que la demandada posea sobre su persona han sido objeto de cesión de y/o a alguna tercera persona, el motivo de la cesión, fecha de la cesión, en su caso datos completos del cesionario y si la misma ha sido hecha a título oneroso o gratuito y conocer que productos y/o servicios se encuentran a su nombre en las bases de datos de la demandada y saber si existe deuda en mora a su nombre, detalle de la misma, fecha de mora, capital adeudado e intereses aplicados.

Además, solicitó que le informen si la demandada ha resultado cesionaria de datos y/o deudas a su nombre, indicando en su caso fecha de cesión, origen del crédito, deuda cedida, datos del cedente y demás datos de la misma; que informen en caso de que los datos de su persona hayan sido cedidos: quien fue el cedente de los mismos (identificando: denominación completa, domicilio, Nº de CUIT.), fecha de la cesión de los datos, forma en la cual se le notifico la cesión y la fecha de la notificación; informen productos y/o servicios dados de alta a su nombre, fechas, situación de los mismos, condiciones de los servicios; remitiendo copia de los respectivos contratos; remitan copia autentica de todo contrato y/o solicitud de adhesión donde figuren datos de la mujer; informar reclamos por consumos desconocidos de tarjetas de crédito emitidas a su nombre, fechas, montos cuestionados, responsables de las resoluciones, fechas y resultados de las mismas; origen del consumo realizado bajo el concepto “EPAGOS INFRACCI_B”, causa del mismo, modo de autorización, remitiendo copia fehaciente del respectivo cupón de compra; informar sociedad emisora de toda tarjeta de crédito emitida a nombre de la mujer en los últimos 5 (cinco)años., indicando fecha de alta, fecha de baja, números de tarjetas, límites de consumos asignados.

La jueza en lo civil y comercial, Susana Gueiler, sostuvo que “surge que el Banco accionado dio respuesta al pedido de información que se le cursara por Carta documento recepcionada en fecha 18/06/25, cuya copia luce agregada a al domicilio oportunamente consignado por la actora”.

Agregó que con pedido de informe cursado al Correo Argentino se acredita que la referido Carta Documento remitida por el Banco Municipal de Rosario fue sacada de distribución en dos oportunidades y devuelta dejando aviso al destinatario quien no procedió a su retiro.

Destacó la magistrada que asimismo obra probado que el Banco accionado se comunicó vía whatsapp con la demandante a fin de remitir la información requerida y remitió mail a las direcciones de correo asentadas en sus registros, reconociendo la demandante en oportunidad de la Audiencia de fecha 09/02/26 que su correo laboral no lo revisa habitualmente.

Añadió la jueza que “la mujer pudo acceder a la información oportunamente solicitada de haber obrado con la mínima diligencia debida, acudiendo al Correo a retirar la correspondencia que se le enviara al domicilio por ella misma indicado en su Carta Documento anterior”.

Los abogados apoderados del Banco Municipal de Rosario fueron los doctores Manuel Vitta y Gustavo Monti.

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