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Medicus debe cubrir a una afiliada una cirugía de alta complejidad

En el 2008 fue diagnosticada con tumor de células gigantes de húmero proximal, frente a lo cual la propia demandada la derivó al Hospital Italiano de Buenos Aires, donde comenzó a tratarse.

La Justicia Federal de Rosario ordenó a una prepaga cubrir una afiliada una cirugía de alta complejidad.

La mujer presentó una acción de amparo contra Medicus con el patrocinio de las abogadas Carina Mazzeo y Julia Canet para que le cubra una cirugía de alta complejidad indicada por sus médicos tratantes y proveyendo los materiales protésicos solicitados.

En el 2008 fue diagnosticada con tumor de células gigantes de húmero proximal, frente a lo cual la propia demandada la derivó al Hospital Italiano de Buenos Aires, donde comenzó a tratarse.

En septiembre de 2008 de ese año se realizó la cirugía de resección del tumor y reconstrucción del miembro mediante utilización de trasplante óseo, con agregado de prótesis de hombro. Tras el éxito de la intervención, continuó con controles periódicos en el Hospital Italiano de Buenos Aires y en Rosario, otorgándose siempre la correspondiente cobertura.

Explicó que en noviembre de 2023 comenzó a sentir dolor, inflamación e impotencia funcional del hombro derecho, por lo cual realizó las primeras consultas en Rosario quienes decidieron derivar el tema a su médico de cabecera para revisión de cirugía y diagnóstico actual. A raíz de ello concurre al Hospital Italiano donde es evaluada por sus médicos tratantes, constituyéndose un nuevo ateneo, y se indica nueva cirugía con materiales.

Solicitó autorización de cirugía y materiales en el mes de noviembre, y le informaron verbalmente que Medicus había decidido dejar de brindar cobertura en el Hospital Italiano de Buenos Aires.

Nunca le se informó que Medicus había cortado vínculo con el Hospital Italiano de Buenos Aires, ni desde qué fecha resultó operativa tal decisión. Destacó que tal circunstancia no es aplicable a su situación por ser una paciente oncológica con una compleja patología, que debe ser intervenida quirúrgicamente como parte del tratamiento en curso.

Al contestar la prepaga sostuvo que el plan de la afiliada es cerrado, pudiendo atenderse sólo con profesionales de cartilla. La cobertura, en caso de corresponder, debe ser otorgada de acuerdo a lo normado en el Programa Médico Obligatorio y al plan correspondiente.

Al hacer lugar a la medida cautelar la jueza federal Sylvia Aramberri señaló que “atendiendo a que se trata de un caso de salud, contemplado por el art. 42 de la Constitución Nacional y Tratados Internacionales de raigambre constitucional, considerando los específicos términos de las prescripciones de los médicos tratantes, habré de admitir la medida cautelar peticionada y ordenar a Medicus que otorgue la cobertura al 100% de la cirugía de alta complejidad de revisión de la aloprótesis con cirugía de conservación del miembro, con reconstrucción del defecto con endoprótesis tumoral de húmero proximal, asociado a una reconstrucción de la glena con prótesis reversa, a realizarse en el Hospital Italiano de Buenos Aires”.

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