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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una resolución en un amparo por los incendios en las islas entrerrianas

La acción fue presentada por la Asociación Civil Equística Defensa del Medio Ambiente.

Hace 2 años el máximo tribunal había dispuesto como medida cautelar que las Provincias de Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires, y los municipios de
Victoria y Rosario, constituyan de manera inmediata un Comité de Emergencia Ambiental.

Ahora, la Corte consideró presentado en término el requerimiento dispuesto para la constitución del mencionado Comité.

Resolvió que el Estado Nacional – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, las provincias, y los municipios involucrados, deberán informar cada treinta días corridos, de las actividades desarrolladas por el Comité de Emergencia Ambiental y del grado de efectividad de las medidas adoptadas.

Además, dispuso que se libre oficio a la Cámara Federal de Paraná para que sin desmedro de su jurisdicción, por su intermedio, amplíe el informe del estado de tramitación de las medidas cautelares y de su efectividad, sobre las islas del Delta del Paraná, en la causa promovida por la “Asociación Civil Cuenca Río Paraná y otro c/ Baggio Rufino y otros s/ expedientes civiles que se tramitan el Juzgado Federal 2 de la capital entrerriana.

En la cautelar la Corte nacional había ordenado a las provincias y municipios continuar con las acciones de combate al fuego en curso a través de los planes provinciales de manejo del fuego, con la contribución de brigadistas de Parques Nacionales y recursos logísticos para el combate de los incendios.

Lo resuelto debe ser comunicado al Estado Nacional (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación), a los gobernadores de las Provincias de Santa Fe y Entre Ríos, a los respectivos Fiscales de Estado provinciales, y a las Municipalidades de Victoria y Rosario.

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