La Justicia Laboral de Rosario condenó a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo a abonar la indemnización correspondiente por incapacidad laboral permanente a un trabajador.
Con el patrocinio del abogado Pablo Angelero promovió contra una ART una demanda por accidente laboral
Mientras se encontraba en horario laboral, realizando sus tareas normales y habituales, al estar buscando mercadería para reponer en góndolas, tiró un pack de mercadería con la mano izquierda, momento en el cual sintió un tirón y ruido en el dedo anular. Frente a la intensidad del dolor dio aviso a su empleador quien lo remite a su ART. Recibida la denuncia, la aseguradora lo citó a control médico, otorgándole el tratamiento correspondiente.
Finalmente, le indicaron alta médica, sin otorgar incapacidad alguna.
El trabajador inicia una demanda laboral por enfermedad profesional adquirida durante la prestación de servicios a las órdenes de su empleador, para quien cumplió tareas durante 18 años.
Meses después del accidente se le notificó el cese de incapacidad laboral temporaria por alta médica sin ningún tipo de incapacidad.
Su actividad implicaba permanecer de pie permanentemente, efectuar tareas de reposición de mercadería, carga y descarga de palets.
Un informe pericial médico consignó incapacidad del 5% en dedo anular izquierdo y lumbalgia con limitación del 4%.
Se estableció que el capital que se determine de indemnización generará un interés de tasa pura del 8% anual.
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