Un nuevo fallo judicial le puso un freno a la desregulación total en el mercado de los combustibles. El Juzgado Federal N° 2 de La Plata, a cargo de manera interina por el juez Alejo Ramos Padilla, declaró inconstitucional la norma del Ministerio de Economía de la Nación que había eliminado la obligación de las petroleras de informar previamente cada suba en los surtidores de nafta y gasoil.
La medida hizo lugar a un amparo colectivo presentado por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis). En la resolución, la Justicia declaró la nulidad de la Resolución 717/25 y ordenó restablecer el mecanismo que obligaba a las empresas a cargar cada modificación tarifaria en el Sistema en Línea de Información de Precios de Combustibles, creado originalmente en 2016.
Desde la entidad demandante argumentaron que dar de baja este registro representaba un claro retroceso en los derechos de los consumidores, atentando contra la transparencia del mercado y quitándole herramientas al ciudadano para comparar precios o denunciar cobros indebidos.
Si bien el Estado nacional defendió la desregulación sosteniendo que la información sigue estando disponible por otras vías, el juzgado entendió que la eliminación del aviso inmediato afecta el derecho colectivo a una información clara y pública.





















