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Judiciales

Amparo ambiental contra Celulosa Argentina: se deberá supervisar la calidad del aire

Se ordenaba el cese de las inmisiones conocidas como TRS (total reduce sulfure gas) o compuesto reducido de azufre.

La Sala Primera integrada de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial revocó parcialmente una sentencia en un amparo ambiental contra Celulosa Argentina S.A.

Se ordenaba el cese de las inmisiones conocidas como TRS (total reduce sulfure gas) o compuesto reducido de azufre. El tribunal de Alzada hizo lugar a la acción de amparo disponiendo que por intermedio de la autoridad de aplicación y de las entidades que se consideren técnicamente apropiada a tal fin, se proceda a la supervisión de calidad de aire y TRS(emanaciones de gases).

En primera instancia la Justicia en lo Civil y Comercial de San Lorenzo hizo lugar a la acción de amparo presentada por vecinos de Capitán Bermúdez que fueron patrocinados por los abogados Alejandro Echevarne y Germán Candini y, en consecuencia, ordenó a Celulosa Argentina S.A. el cese de las inmisiones conocidas como TRS (total reduce sulfure gas) o compuesto reducido de azufre, lo que solo se tendrá por cumplido con la aprobación mediante dictamen debidamente fundado emitido por el Ministerio de Aguas, Medio Ambiente y Servicios Públicos y el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental y la contratación de un seguro ambiental.

La demanda sostuvo que la pretensión de los amparistas consistió en el cese de la actividad contaminante por vertido de efluentes gaseosos residuales con respecto al ecosistema de la localidad de Capitán Bermúdez señalando que sus inmisiones afectan la calidad de vida de la población siendo su causa fuente la falta de adecuación a lo dispuesto por la normativa ambiental vigente.

Los camaristas Ariel Ariza y Oscar Puccinelli afirmaron que “se estima que lo concerniente a la emisión de en forma genérica a la consideración de gases TRS no es un aspecto que haya resultado ajeno al planteamiento de la demanda ni tampoco a lo que formó parte de la discusión y prueba a lo largo de la causa. Antes bien, la cuestión de la emisión de efluentes gaseosos en general, fue la materia abarcada por la pretensión inicialmente”.

Los amparistas señalaron que “desde hace tiempo y como consecuencia del desarrollo del proceso industrial llevado a cabo por la demandada (Celulosa Argentina S.A.) se produce en la atmósfera circundante a la planta de procesamiento el esparcimiento incontrolado de sustancias gaseosas que, generalmente poseen un olor nauseabundo, que contando con el auxilio del viento como medio de transporte (especialmente en momentos en que sopla el viento Sur – Este) se desplazan hasta sus viviendas, filtrándose en las casas, haciendo prácticamente imposible respirar”.

La demandada expresó que no hay prueba concreta que acredite que el TRS ni sus componentes ni el efluente gaseoso de Celulosa hubiera producido o pueda provocar un daño actual o inminente en el ambiente o la salud de los habitantes de Capitán Bermúdez.

Los camaristas agregaron que “la magistrada de la anterior instancia ha destacado que quedó demostrado que al menos en dos circunstancias debidamente demostradas se han producido escapes de gases provenientes de la demandada, la primera en forma inmediatamente anterior a la deducción del amparo y con motivo del hecho nuevo ocurrido en agosto de 2009 que tuvo como principales destinatarios a alumnos de una escuela adyacente a la fábrica. Siguió señalando el fallo apelado que “en ambas situaciones se produjeron desmayos, mareos, picazón de garante y otros síntomas en miembros de la población, adyacente a la fábrica, lo que se encuentra debidamente probado con las testimoniales y documental rendidas en autos”.

Puntualizaron que “corresponde reconocer que en la planta de la demandada se ha llevado a cabo un profundo proceso de adopción de nuevas tecnologías y adecuación que se refleja en distintos documentos incorporados a la causa. Cabe reconocer que si bien varios de estos documentos son anteriores a 2007, sobresale el Convenio celebrado entre la empresa Celulosa Argentina S.A., la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, la Autoridad Ambiental de la Provincia de Santa Fe y el Municipio de Capital Bermúdez del 22 de agosto del 2007. Agregó una detallada descripción de este Plan de Mejoras implementado, haciendo notar el objetivo de utilización de Mejores Tecnologías Disponibles, lo que supuso una inversión de U$S 100.000.000, según lo expone”.

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