La Justicia de Familia de Rosario resolvió que una madre debe pagar la cuota alimentaria de sus 3 hijos.
El padre de un niño y 2 niñas -con el patrocinio de la abogada Silvia Cagna- reclamó la determinación de cuota alimentaria provisoria en favor de sus hijos contra la progenitora.
Desde octubre de 2024 sus hijos están viviendo con él, por lo que se ocupa de ellos todo el día con ayuda de familiares, sin que la progenitora haga ningún aporte dinerario o en especie en favor de sus hijos.
La demandada explicó que sus ingresos no son elevados y que se encuentra en una situación económica apremiante, además de estar realizando tratamiento psicológico y psiquiátrico.
En la resolución se afirmó que la fijación de alimentos provisorios, de naturaleza cautelar, se basa en normas que otorgan al magistrado la facultad de establecer una cuota alimentaria, que rige hasta la sentencia y que no causa estado, según su prudente arbitrio y las circunstancias especiales del caso.
Se estimó prudente fijar la cuota alimentaria en un 35% de los haberes de la progenitora, suma que no podrá ser inferior al equivalente a 1,5 del salario mínimo, vital y móvil ($483.300).






















