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“La torre de edificios proyectada frente al Monumento a la Bandera compromete de manera irreversible un entorno emblemático”

La frase pertenece a un documento presentado en el Concejo de Rosario por la Regional Litoral de la Sociedad Argentina de Planificación Territorial (SAPLAT).

En dicho documento técnico se solicita el rechazo del pedido de excepción que habilitaría la construcción de una torre de planta baja y once pisos en el fondo de la casona ubicada en Avenida Belgrano 548, dentro del Área de Protección Histórica del Parque Nacional a la Bandera.

El documento firmado por el arquitecto Eduardo Reese, presidente de SAPLAT, y la arquitecta Anahí Membribe, secretaria de la entidad, plantea que la torre proyectada supera el límite actual en más del doble de altura (la Ordenanza N° 10.838/2025, establece una altura máxima de 14,50 metros y la torre proyectada alcanzaría los 35,10 metros). Para SAPLAT, la preservación de la fachada histórica no es condición suficiente para habilitar una excepción de esa magnitud en una zona de alta sensibilidad patrimonial.

El peligro de las excepciones como política urbana

Uno de los argumentos centrales del comunicado apunta a un problema que trasciende este caso puntual: el uso sistemático de la excepción normativa como herramienta de gestión urbana.

La entidad advierte que cada excepción aprobada redefine implícitamente el límite de lo posible para otros propietarios de parcelas similares, genera expectativas de rentabilidad que se trasladan a los precios del suelo y presiona sobre la normativa en ciclos sucesivos. En áreas patrimoniales, ese efecto es especialmente destructivo porque el valor tutelado por la norma —la integridad del paisaje urbano histórico— es, por definición, irreversible una vez comprometido.

El pedido formal presentado al Concejo por la regional litoral de SAPLAT

La institución solicita que se rechace la excepción e invita a los concejales a impulsar un proceso de planificación urbana que dote a la ciudad de un modelo de desarrollo explícito y consensuado.

Sin ese horizonte compartido, concluye el documento, las decisiones sobre el territorio quedan libradas a la lógica de cada caso, lo que convierte a la excepción en regla y vacía progresivamente de contenido el marco normativo. La protección del entorno del Monumento Nacional a la Bandera, sostiene SAPLAT, no puede seguir dependiendo de la resistencia frente a cada solicitud particular.

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