Connect with us

Hi, what are you looking for?

Política

El Gobierno nacional da marcha atrás con un polémico artículo de la Ley Ómnibus

“Se generó una confusión y es nuestro objetivo retirarlo porque está suficientemente explicado”, expresó la ministra Patricia Bullrich durante el plenario de comisiones.

"Se generó una confusión y es nuestro objetivo retirarlo porque está suficientemente explicado", expresó la ministra Patricia Bullrich durante el plenario de comisiones.

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, anunció este miércoles que el Gobierno nacional decidió dar marcha atrás con el polémico artículo 331 del Título IV de la Ley Ómnibus, el cual limitaba la libertad de reunión en la vía pública. “Generó confusión y vengo a decir que es nuestro objetivo retirar ese artículo directamente”, explicó en el segundo día del plenario de comisiones que se lleva adelante en la Cámara de Diputados.

“Entiéndase por ‘reunión’ o ‘manifestación’ a la congregación intencional y temporal de tres (3) o más personas en un espacio público”, rezaba el artículo retirado por la ministra de Seguridad y que levantó mucho revuelo por sus similitudes con las libertades cercenadas durante la época de la última dictadura cívico-militar.

Lo que sí se mantiene es el artículo 333, el cual indica que “toda reunión o manifestación deberá ser notificada fehacientemente ante el Ministerio de Seguridad de la Nación, con una antelación no menor de cuarenta y ocho horas”.

El capítulo 1 del apartado dedicado a Seguridad y Defensa de la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, que se refiere a Seguridad Interior y Organización de las Manifestaciones y que modifica el artículo 194 del Código Penal de la Nación, agravando las penas existentes o incorporando nuevos castigos.

También advierte que “quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe”, en una clara alusión a los referentes de las organizaciones sociales, sindicales y políticas.

La letra del Artículo 14 bis considera organizador o coordinador de una reunión o manifestación a todo aquel que “convoque a otras personas a participar de la reunión, coordine a personas para llevar a cabo la reunión, o provea cualquier tipo de medio material o logístico para la realización de la reunión”, independientemente de si asisten o no a la manifestación.

Comentarios

Estamos en Vorly TV ¿Nos acompañás?

Te puede interesar

Actualidad

Guillermo, comerciante del lugar, dijo que hace más de un mes que sabían la decisión. El hombre reconoció que el local de la planta...

Judiciales

La mujer padece una enfermedad que le provoca insuficiencia ventilatoria nasal y permanente anosmia. Recibe múltiples tratamientos con antibióticos por año  

Policiales

Ocurrió durante un operativo en Granadero Baigorria. En 2021 había sido detenido en una causa por una agresión ocurrida en Mar del Plata. El...

Policiales

Hay dos hinchas detenidos del Club Atlético Carcarañá por el homicidio del agente, brutalmente agredido tras el encuentro con Sportivo Las Parejas. 

Versión Rosario. Nuestra mirada. Nuestra región. Dorrego 972, piso 2. Rosario, Argentina. Teléfono: +54(0341)2986931.