Connect with us

Hi, what are you looking for?

Política

El Gobierno nacional da marcha atrás con un polémico artículo de la Ley Ómnibus

“Se generó una confusión y es nuestro objetivo retirarlo porque está suficientemente explicado”, expresó la ministra Patricia Bullrich durante el plenario de comisiones.

"Se generó una confusión y es nuestro objetivo retirarlo porque está suficientemente explicado", expresó la ministra Patricia Bullrich durante el plenario de comisiones.

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, anunció este miércoles que el Gobierno nacional decidió dar marcha atrás con el polémico artículo 331 del Título IV de la Ley Ómnibus, el cual limitaba la libertad de reunión en la vía pública. “Generó confusión y vengo a decir que es nuestro objetivo retirar ese artículo directamente”, explicó en el segundo día del plenario de comisiones que se lleva adelante en la Cámara de Diputados.

“Entiéndase por ‘reunión’ o ‘manifestación’ a la congregación intencional y temporal de tres (3) o más personas en un espacio público”, rezaba el artículo retirado por la ministra de Seguridad y que levantó mucho revuelo por sus similitudes con las libertades cercenadas durante la época de la última dictadura cívico-militar.

Lo que sí se mantiene es el artículo 333, el cual indica que “toda reunión o manifestación deberá ser notificada fehacientemente ante el Ministerio de Seguridad de la Nación, con una antelación no menor de cuarenta y ocho horas”.

El capítulo 1 del apartado dedicado a Seguridad y Defensa de la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, que se refiere a Seguridad Interior y Organización de las Manifestaciones y que modifica el artículo 194 del Código Penal de la Nación, agravando las penas existentes o incorporando nuevos castigos.

También advierte que “quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe”, en una clara alusión a los referentes de las organizaciones sociales, sindicales y políticas.

La letra del Artículo 14 bis considera organizador o coordinador de una reunión o manifestación a todo aquel que “convoque a otras personas a participar de la reunión, coordine a personas para llevar a cabo la reunión, o provea cualquier tipo de medio material o logístico para la realización de la reunión”, independientemente de si asisten o no a la manifestación.

Comentarios

Estamos en Vorly TV ¿Nos acompañás?

Te puede interesar

Actualidad

El hombre de 80 años se desplomó sobre la calzada en Presidente Perón y Valparaíso. Segundos después, un fuerte accidente a pocos metros generó...

Actualidad

La víctima aún no pudo ser identificada y la Policía busca testigos para esclarecer las circunstancias del fatal accidente.

Actualidad

La medida de fuerza de la Coad se concretará el jueves 27 y viernes 28 de agosto en reclamo por la ley de financiamiento...

Deportes

Con un auto sin mejoras y en medio del tráfico, el argentino peleó mano a mano con su compañero y encarará el GP de...

Versión Rosario. Nuestra mirada. Nuestra región. Dorrego 972, piso 2. Rosario, Argentina. Teléfono: +54(0341)2986931.