La Justicia rosarina condenó a Mercado Libre S.R.L. por maniobras de estafa virtual a una clienta. El juez en lo civil y comercial Mauro Bonato ordenó la nulidad de los créditos obtenidos y la devolución del dinero por las transferencias realizadas.
Además, deberá pagarle $1.150.000 por daño moral.
La mujer con el patrocinio de la abogada Constanza Aranda inició la demanda para solicitar que le cancelen los préstamos que fueron logrados mediante maniobras virtuales.
Tiene 45 años, es viuda, desempleada, pensionada y debe hacerse cargo ella sola del cuidado de su hija de 18 años. Atento a la crisis económica de nuestro país, decidió descargarse la aplicación de Mercado Pago para comprar – a través del mayor financiamiento posible – productos; que, por otro lado, ante la imposibilidad de conseguir un empleo digno y a los fines de hacer frente a los gastos de cuidado de su hija, tenía intenciones de iniciar un emprendimiento de venta de perfumes, pensando utilizar en un futuro la plataforma de mercado libre. En virtud de lo expuesto, afirma que pasó a ser cliente de Mercado Pago.
Narró que el 21 de abril del 2025, un señor la llamó por teléfono presentándose como seguridad de sistema de Mercado Pago y le dijo que una mujer de Granadero Baigorria quería hacer una operación de compra de televisor. La manifestó, además, que él la llamaba del sector de seguridad de sistemas de la plataforma Mercado Pago para que confirme la operación o en su caso, la orientaría para hacer una denuncia en la plataforma a los fines de bloquear y advertir la operatoria de esa persona.
Agregó que mientras el personal de seguridad de sistemas de Mercado Pago la asesoraba, le pidió que le indique algunos códigos que le aparecerían en la pantalla. En este punto aclara a que jamás brindó datos de acceso o claves para operar en Mercado Libre/ Mercado Pago y con 2 bancos.
Luego del llamado aparecieron en la billetera virtual 20 transferencias y 3 préstamos. Aseguró que todos los movimientos se realizaron sin su consentimiento.
La demandada destacó que la IP desde la cual se solicitaron los préstamos corresponde a la ciudad de Rosario, que es la geolocalización habitual en la actividad de la mujer como usuario de Mercado Pago. Es decir, los préstamos, según asegura, fueron solicitados por la clienta desde la ubicación geográfica desde la cual se conecta habitualmente.
El juez en lo civil y comercial Mauro Bonato sostuvo en la resolución que “las obligaciones a cargo de Mercado Libre/Mercado Pago resultan primeramente de la Constitución Nacional (art. 42), luego de las normas de fondoque rigen las relaciones de consumo en general, los contratos de consumo celebrados promedios electrónicos, la normativa reglamentaria aplicable a los contratos que celebran los proveedores de servicios de pago, con aplicación de la normativa que rige los contratos bancarios en particular según disponga el BCRA”.
Añadió que “es claro que pesa sobre Mercado Libre una obligación de seguridad, que conlleva un factor de atribución de responsabilidad objetivo, en tanto si la empresa decide administrar los depósitos de ahorristas, como mínimo, debe brindar garantías básicas de seguridad sobre ese dinero”.
El perito informático expresó que “no se hallaron indicios técnicos concluyentes de vulneración del sistema ni de ingreso indebido de terceros, aunque deja constancia de conexiones provenientes desde otra jurisdicción, cuya valoración definitiva requiere el análisis de los registros originales de autenticación y seguridad de la plataforma”.
Durante la diligencia pericial no se obtuvo constancia ni evidencia documental de que la plataforma Mercado Pago hubiera emitido una alerta por actividad inusual en la cuenta.





















