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A consumidora le rechazaron una demanda, pero fue eximida de pagar las costas

Una mujer inició una demanda con una concesionaria y Renault Argentina para reclamar indemnización de los daños patrimoniales y morales derivados de reiterados incumplimientos contractuales.

La Justicia rosarina rechazó una demanda contra una concesionaria y Renault Argentina por numerosos inconvenientes que tuvo un vehículo.
Sin embargo y en virtud de la gratuidad de las acciones judiciales por la norma de defensa del consumidor la demandante fue eximida del pago de las costas del proceso.
Una mujer inició una demanda con una concesionaria y Renault Argentina para reclamar indemnización de los daños patrimoniales y morales derivados de reiterados incumplimientos contractuales, con más intereses y aplicación de una multa civil.
Adquirió un vehículo Renault y a los pocos meses de la compra comenzaron a evidenciarse problemas con el rodado. Tuvo que concurrir varias veces al service técnico oficial. Aseguró que le resolvieron algunos de los inconvenientes y otros no.
Afirmó que el mayor problema fue con la caja de velocidades, la que se reparó, pero al día de la interposición de la demanda continuaba funcionando inapropiadamente.
Sostuvo que no ha podido utilizar el rodado debidamente, debiendo ingresar al service al menos 16 veces desde su compra, produciéndose la última en enero de 2017.
Al contestar la demanda la concesionaria negó los hechos. Destacó que efectuó la atención del vehículo y, a requerimiento de la clienta, realizó los services de mantenimiento cada 10.000 kilómetros, así como las reparaciones en garantía que surgen de las órdenes específicas, reparando en cada oportunidad los inconvenientes y recepcionando la demandante el bien de conformidad.
Agregó que los problemas refieren en su mayoría a cuestiones menores (guía de asientos, alza cristales, línea de caño de escape, etc.) elementos que son factibles de ser deteriorados por el uso (los alza cristales se resienten por la tierra y el caño de escape se deteriora por los golpes de uso). Respecto a la caja de velocidades se efectuó en el 2016 una reparación integral, no surgiendo nuevos reclamos al respecto.
En la resolución el juez en lo civil y comercial Marcelo Quaglia consideró que “entiendo reconocido que el vehículo ha sufrido desperfectos, así como que las reparaciones que se efectuaron se asumieron en el marco de la garantía ofrecida”.
Agregó que “advierto que no corresponde calificar las reparaciones efectuadas como no satisfactorias ya que, si bien los desperfectos han sido numerosos, se evidencia de las propias órdenes de reparación acompañadas que no existen reiteraciones en los problemas informados”.

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