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Se contagió de Covid, solo asistió a la comisión médica y será reconocida la enfermedad profesional

La trabajadora en el escrito de demanda solicitó la declaración de inconstitucionalidad de las Comisiones Médicas.

Una jueza laboral de los tribunales provinciales de Rosario se declaró competente en una causa iniciada por una trabajadora que se contagió de Covid y solo concurrió a la Comisión Médicas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo para el reconocimiento de la enfermedad profesional. La mujer fue patrocinada por el abogado Francisco Grand.
La trabajadora en el escrito de demanda solicitó la declaración de inconstitucionalidad de las Comisiones Médicas. Indicó que “en la actualidad las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo adeudan un sinnúmero de siniestros relacionados con el COVID 19 amparándose en el perverso sistema de las Comisiones Médicas, evitando el pago de lo adeudado”.
El 22 de febrero de este año solicitó a la Comisión Médica el reconocimiento del carácter de enfermedad profesional al COVID 19 y el 25 de abril se decidió reconocer ese carácter.
Señaló la jueza María Silvia Albertti que “el análisis se basa en el acceso a la jurisdicción de un trabajador que ya cuenta con el reconocimiento en el nexo de causalidad entre una enfermedad profesional no listada por orden de un decreto, en el marco excepcional de una crisis sanitaria mundial, cuya obligación de tránsito administrativo se cumplimentó por ante la Comisión Medica Central”.
Agregó que “ordenar la remisión de los presentes en un nuevo trámite administrativo que no está contemplado en el decreto 367/2020 resultaría un desgaste jurisdiccional, violación al principio de celeridad, a la economía procesal y a los mas fundamentales derechos que tiene un trabajador resentido en su salud, derecho constitucional con arraigo en la normativa internacional”.
En la causa por enfermedad profesional la Aseguradora de Riesgos del Trabajo había planteado la incompetencia del Juzgado del Trabajo por inexistencia de trámite ante la Comisión Médica Central y la Comisión Médica Jurisdiccional conforme lo dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia.
Ahora se deberá determinar las secuelas incapacitantes que el coronavirus causó en la trabajadora.
La pericia médica oficial se realizará en tribunales sin intervención de la Comisión Médica de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

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