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Se acabó lo que se daba: ordenan a un call center a que devuelva el trabajo presencial a una empleada

Se trata de una demanda por cambios en el contrato y las condiciones de trabajo. De no acatar, habrá multa.

La Justicia Laboral de los Tribunales Provinciales de Rosario ordenó a un call center que reinstale en las oficinas de la empresa a una empleada que realiza teletrabajo.

Con el patrocinio del abogado Federico Thomson la trabajadora presentó una cautelar innovativa.

Solicitó a la empresa Dynatacpone S.A. a mantener sus condiciones de trabajo, específicamente el de la prestación de sus servicios en las oficinas de la demandada de calle Mitre 577, segundo piso.

En la resolución el juez Gustavo Burgio considera que “objetivamente, del comportamiento patronal, que se patentiza en la documental acompañada, resulta un cambio del contrato, por ende, esa sola circunstancia amerita el despacho de esta medida.

Agregó el magistrado laboral que “el “teletrabajo desde el punto de vista sistemático de las normas laborales que contiene la ley de contrato de trabajo, fue incorporado dentro de las modalidades contractuales, por lo que resulta ser una excepción al principio de indeterminación previsto en el artículo 90 del régimen de contrato de trabajo, por tanto de aplicación e interpretación restrictiva.

El juez dispuso que en caso de desobediencia a esta orden judicial, se le impondrá a la empresa una multa diaria de $40.000.

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