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Ordenan que la AFIP y la caja de jubilaciones de la provincia no descuenten ganancias a un jubilado

La Justicia Federal de Rosario ordenó que la AFIP y la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe no le descuenten a un jubilado bancario el Impuesto a las Ganancias.

El jubilado ocupó un cargo jerárquico en el Banco de Santa Fe y con el patrocinio del abogado Nicolás Pretini planteó la Acción Declarativa de Inconstitucionalidad contra el organismo recaudador porque le retenían montos significativos por ese tributo.
Pidió que se declaren inconstitucional 5 artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

El juez federal Gastón Salmain hizo lugar a la medida cautelar solicitada y dispuso que la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe disponiendo se abstengan de realizar el descuento correspondiente al impuesto a las ganancias al actor a partir de la notificación de la presente resolución y para los meses sucesivos.

El magistrado consideró que el patrimonio del jubilado se ve afectado real y concretamente en el descuento que tiene en su haber previsional mensual.

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