El Gobierno santafesino presentó este miércoles los lineamientos centrales de la Ley Tributaria 2026, cuyo objetivo es dar previsibilidad, aliviar la carga fiscal y promover la actividad económica. La iniciativa tiene dos puntos claves: el descuento de Ingresos Brutos para empresarios o emprendedores por cada salario del nuevo empleado que contraten y la deducción para empresas radicadas en Santa Fe del mismo tributo de lo pagado del servicio eléctrico a la EPE o cooperativas. La propuesta mantiene además descuentos significativos en distintos puntos.
El ministro de Economía, Pablo Olivares, destacó que la propuesta supone “una reducción efectiva de la carga tributaria, con actualizaciones inferiores a la inflación y herramientas para fortalecer la producción y el empleo”. Estuvo acompañado por los ministros de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini; y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Roald Báscolo.
Descuentos para contribuyentes cumplidores: quienes estén al día al 31 de diciembre de 2025 mantendrán un 20% de descuento más la exención de la sexta cuota, lo que implica un beneficio estable del 33%. A ello se suma un 35% por pago anual anticipado o un 15% por adhesión al débito automático. Así, el ahorro total puede alcanzar el 56% para quienes opten por el pago anual, o el 43% en caso de adherir al débito automático.
Para el Impuesto Inmobiliario, la actualización se definió mediante un promedio entre inflación y salarios (Ripte) correspondiente a los últimos seis meses. El resultado es un ajuste del 14% para el primer semestre del 2026, por debajo de la inflación proyectada.
En el caso de la Patente Automotor, no se modifican las alícuotas y se establece un tope de incremento del 30% para vehículos hasta modelo 2022.
Exenciones para viviendas: los contratos de alquiler destinados a vivienda única quedarán exentos del impuesto al sello. La misma exención alcanza a los créditos hipotecarios dirigidos a la adquisición de primera vivienda.
Medidas para la producción, la industria y las pymes: además del beneficio de descontar de ingresos brutos el salario de nuevos empleados y de deducir parte del costo de la energía eléctrica, la ley prorroga la estabilidad tributaria para pymes y mantiene reducciones de alícuotas. Más de 3.000 pequeñas y medianas empresas dejarán de actuar como agentes de retención, lo que simplifica trámites y reduce costos administrativos.
El 65% de la industria no paga Ingresos Brutos y otro 32% abonará una alícuota efectiva del 1,05%. Las empresas que trabajen bajo contratos de fasón (fabricación a pedido de un terceros) serán consideradas industriales, reduciendo también su carga tributaria.
Agro: alivios y actualizaciones moderadas: además del beneficio de deducir parte del costo de la energía eléctrica, el sector agropecuario continuará exento del pago de Ingresos Brutos. El Inmobiliario Rural tendrá una actualización del 14% en el primer semestre y descuentos del 50%, 40% o 30% según superficie y zona. Los arrendatarios recibirán un crédito fiscal equivalente a parte del impuesto abonado: 50% en los departamentos del norte, 40% en los del centro y 30% en los del sur. Los alquileres rurales y los contratos asociativos de producción tambera quedan exentos del impuesto de sellos, y la maquinaria agrícola no pagará Patente Automotor.
Comercio y servicios: alivios amplios y deducciones energéticas: además del beneficio de descontar de ingresos brutos el salario de nuevos empleados y de deducir parte del costo de la energía eléctrica, 211.000 comercios tendrán una alícuota neta de entre el 1,5% y el 2,5%. De ese total, 163.000 accederán al beneficio gracias a la deducción del costo de la energía. Otros 48.000 que hoy tributan más del 2,5% pasarán a un tope del 2,5%, que se reduce aún más con la deducción energética hasta alcanzar una alícuota neta del 1,75%.
Los comercios y el sector hotelero podrán descontar el 100% de lo que paguen de Inmobiliario del valor de Ingresos Brutos, y ambos quedarán exentos del impuesto de sellos por contratos de alquiler.
En este esquema, y teniendo en cuenta la posibilidad de deducir hasta un 30% de lo abonado por consumo eléctrico, hoteles y alojamientos tendrán una alícuota final del 3,15%.
Transporte, taxis, remises y actividad financiera: además del beneficio de descontar de ingresos brutos el salario de nuevos empleados, el transporte de carga contará con un crédito fiscal del 60% sobre lo pagado de Patente, que podrá descontar de Ingresos Brutos. Para el transporte de leche fluida el crédito será del 100%. Taxis y remises también podrán descontar de Ingresos Brutos el total de lo abonado por Patente.
Los bancos y las billeteras virtuales que otorguen créditos productivos tendrán incentivos: podrán deducir hasta un 25% de la base imponible del impuesto cuando financien a pymes, emprendedores, viviendas, leasing o vehículos para taxis y remises.





















