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Iapos deberá cubrir un medicamento a un afiliado que sufre una grave enfermedad

Se trata de una patología del sistema nervioso que debilita los músculos y afecta las funciones físicas.

La Justicia rosarina hizo lugar a una acción de amparo y en consecuencia Iapos deberá cubrir un medicamento de alto costo a un afiliado que padece una grave enfermedad.
Con el patrocinio de las abogadas Carina Mazzeo y Julia Canet presentó un recurso de amparo contra el Instituto Autárquico Provincial de la Obra Social de la Provincia de Santa Fe para que la cubra la medicación Edaracut 30 mg 20 ml ampollas (Edaravona endovenoso) por padecer esclerosis lateral amiotrófica (ELA).
Se trata de una enfermedad del sistema nervioso que debilita los músculos y afecta las funciones físicas.
Desde hace más de un año padece la patología que le ocasiona debilidad de tronco, miembros y región lumbar, con severas dificultades fonatorias, deglutorias y respiratorias.
El medicamento tiene un precio cercano a los $900.000.
Tiene el certificado de discapacidad atento que la ELA es grave, poco frecuente, crónica, irreversible y
progresiva.
El médico tratante indicó la medicación de manera mensual e ininterrumpida. Además, debe seguir con las drogas que recibe.
El remedio está aprobado oficialmente por la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos y la ANMAT aprobó en 2019 la medicación Edaravona.
La obra social le rechazó la cobertura porque reconoce y autoriza otra medicación.
En su testimonio en la causa el médico tratante sostuvo “en caso de no poder acceder a la medicación indicada el paciente sufriría un deterioro más rápido de su estado neurológico.
En la resolución la jueza en lo civil y comercial Lucrecia Mantello destacó que “el derecho a la salud, máxime cuando se trata de enfermedades graves, está íntimamente relacionado con el derecho a la vida, y es el primero de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional”.
Agregó que la Constitución de Santa Fe reconoce que “la Provincia tutela la salud como derecho fundamental del individuo e interés de la colectividad”.

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