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Política

Cristina a prisión: la Corte confirmó su condena y no podrá ser candidata

El máximo tribunal rechazó las apelaciones y dejó firme el fallo que la condenó a seis años de prisión en la causa Vialidad. Además, queda inhabilitada de por vida para ejercer cargos públicos

La Corte Suprema confirmó este martes por la tarde el fallo dictado en noviembre pasado por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal en la causa Vialidad. Con la condena firme, la dos veces presidenta Cristina Fernández de Kirchner irá a prisión por seis años y queda inhabilitada de manera perpetua para ejercer cargos públicos.

Ver más: Convocan a una masiva movilización en el centro de Rosario tras la condena a Cristina

La decisión fue adoptada por unanimidad por los tres jueces de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes rechazaron las apelaciones de la defensa de la ex presidenta, de los otros ocho condenados, y del fiscal Mario Villar, utilizando la fórmula del artículo 280 de Código Procesal Civil y Comercial, en este caso acompañado de los fundamentos de la decisión (280 fundado) dada la trascendencia institucional de la decisión.

“Rechazar el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Cristina Elizabet Fernández de Kirchner. Confirmar la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 2, en cuanto condena a la nombrada a seis (6) años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, como coautora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública (arts. 174 inc. 5° y 45 del Código Penal)“, describe la sentencia.

En sus fundamentos, los jueces sostuvieron: “Las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida -valorada de conformidad con las reglas de la sana crítica (art. 398 del Código Procesal Penal de la Nación)- y en el Código Penal sancionado por el Congreso, sin que se haya demostrado en modo alguno que la decisión apelada no constituya una derivación razonada del derecho vigente de conformidad con las circunstancias particulares comprobadas en la causa, ni que durante el proceso se haya vulnerado alguna garantía constitucional. El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley”.

Ahora el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) deberá resolver sobre las condiciones de detención de la ex mandataria y de los otros ocho condenados, entre ellos Lázaro Báez y José López. Es probable que en el caso de Cristina Kirchner, el TOF 2 resuelva concederle el beneficio del arresto domiciliario por contar con más de 70 años. 

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