Connect with us

Hi, what are you looking for?

Judiciales

Se le cayó un árbol encima, lo mató, y ahora la Municipalidad debe pagar cifra millonaria a la familia

Al responder la demanda el municipio destacó que una tormenta desatada fue un hecho que aunque previsto, no pudo ser evitado provocando la caída de árboles que en condiciones normales y sin ráfagas extraordinarias no se hubiesen caído.

Condenaron a la Municipalidad de Rosario por la caída de un árbol que produjo la muerte de un hombre. Debe pagarle a los 2 hijos menores de la víctima $80.000.000, entre capital a intereses.

A la mujer que mantenía una relación sentimental no le reconocieron resarcimiento económico porque no se demostró la convivencia. Con el patrocinio de los abogados María Gina Bearzotti y César Abatte la mujer por sí y en representación de sus 2 hijos planteó la demanda por daños y perjuicios contra la Municipalidad de Rosario.

El 19 de febrero de 2016 la víctima circulaba con su bicicleta por bulevard Seguí al 5.300, en la zona sudoeste de la ciudad. En la demanda sostuvo que a causa de la fuerte tormenta registrada que comprendió abundante caída de agua y vientos que alcanzaron hasta los 89 km/hora y, producto de las condiciones de abandono y falta de mantenimiento de los árboles del predio municipal “Deliot”, se desprendió una rama de gran tamaño y peso, impactando la misma sobre la cabeza del ciclista, provocándole la muerte casi en el acto.

Consideró que fue responsabilidad a la demandada en virtud de la omisión en su deber jurídico de controlar, cuidar y mantener el buen estado de los espacios verdes de la ciudad.

Al responder la demanda el municipio destacó que la tormenta desatada fue un hecho que aunque previsto, no pudo ser evitado provocando la caída de árboles que en condiciones normales y sin ráfagas extraordinarias no se hubiesen caído.

Por otra parte sostuvo la culpa de la víctima argumentando que desde temprano existía alerta meteorológica y las autoridades recomendaban no transitar, sin embargo decidió circular en su bicicleta por un predio arbolado sin “urgencias” aparentes, ni obligaciones a cumplir a las 5 de la mañana.

Afirmó Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 2 que “la atribución a la Municipalidad por los daños derivados a raíz de la caída de un árbol o parte de él surge porque el árbol se encuentra emplazado en la vía pública representa un accesorio del dominio público, pudiendo sindicarse al ente municipal en el carácter de dueño o guardián, siendo aquélla, entonces, quien debe tomar las precauciones que resulten necesarias para salvaguardar la integridad de las personas y cosas que podrían resultar dañadas por bienes que pertenecen o son accesorios del dominio público”.

Agregaron los jueces Edgardo Bonomelli, Jorgelina Entrocasi y Nicolás Villa “en virtud de lo estatuido por la Ley provincial Nro. 9.004 (reglamentada por Decreto 763/1983), y la Ordenanza 5.982/1995, que dejan en claro que la Municipalidad de Rosario resulta organismo de aplicación con poder de policía sobre el arbolado público situado en el ejido municipal, debiendo además considerarse su carácter de guardián”.

Señalaron que “el municipio es dueño y a la vez guardián de esos árboles, por lo cual no cabe dudar del poder efectivo de vigilancia, gobierno y control sobre la cosa que en definitiva causó el daño”.

Añadieron los magistrados que “inclusive se ha avanzado diciendo también que la responsabilidad del Estado por el mantenimiento de los árboles no sólo recae sobre la arboleda denominada pública por encontrarse en lugares de esparcimiento destinados al uso común, sino que también es responsable por cualquier árbol, aunque se encuentre en terreno privado, habida cuenta que su obligación no queda excluida por el hecho de que esté en zona de servidumbre, pues la administración no puede permanecer inerme ante la inactividad del propietario”.

Puntualizaron que “debe colegirse que la falta de cuidado y atención de los árboles por parte del municipio lo torna responsable de los daños ocasionados por su caída”.

Destacaron los jueces que “lo que la experiencia indica es que, con alarmante frecuencia, cuando acaecen tormentas o ráfagas de viento de regular intensidad, se produce la caída de árboles cuyo cuidado y custodia se encuentra a cargo del ente municipal, lo cual excluye la existencia del caso fortuito en supuestos de las características del que aquí se debate, porque, por lo general, las tormentas producen las caídas de aquellos árboles que por su estado no resisten a las inclemencias climáticas, hecho que no resulta, en principio, imprevisible ni imposible de evitar por parte de la demandada”. La condena contra la Municipalidad de Rosario no se encuentra firme.

Comentarios

Estamos en Vorly TV ¿Nos acompañás?

Te puede interesar

Actualidad

Entre el jueves 13 y el 20 de junio habrá múltiples opciones para obtener productos de emprendedoras y emprendedores locales.

Policiales

El arresto del sospechoso tuvo lugar cerca de la Unidad Penitenciaria Nº 5, situada en 27 de Febrero al 7800, en la zona oeste...

Actualidad

El deterioro de las veredas genera preocupación y complica la movilidad diaria, especialmente en barrios periféricos donde muchas veces las veredas no existen.

Actualidad

El proyecto busca asegurar que los patrullajes preventivos realizados por vehículos municipales cuenten con la presencia de personal policial. Esto permitirá una respuesta más...

Versión Rosario. Nuestra mirada. Nuestra región. Dorrego 972, piso 2. Rosario, Argentina. Teléfono: +54(0341)2986931.