La Justicia de Familia hizo lugar a la demanda de nulidad de reconocimiento de un padre respecto de una niña y lo desplazó de la paternidad extramatrimonial.
El hombre -con el patrocinio de la abogada Leonela Gisel González- presentó la demanda de nulidad del reconocimiento de la paternidad extramatrimonial contra la mujer que le dijo que la hija era de él.
Las partes mantuvieron una relación de noviazgo a partir de marzo de 2021 y a los pocos meses comenzaron a convivir. Luego estuvieron un tiempo distanciados y volvieron a establecer la relación de convivencia.
Al poco tiempo, el muchacho se enteró que su pareja estaba embarazada por lo que no dudó de su paternidad ya que el tiempo que se separaron siguieron teniendo contacto.
En noviembre de 2022, el hombre se retiró del domicilio. Cuando nació la niña, la madre decidió unilateralmente anotarla con el apellido de quién había sido su pareja.
Informado de sus derechos filiatorios, el presunto padre fue a reconocerla al Registro Civil. Más tarde, la mujer le inició un juicio por alimentos.
El hombre comenzó a dudar de su paternidad y en marzo del año pasado se realizó un estudio de ADN en un laboratorio del centro rosarino. El análisis determinó que no es el padre de la niña.
Por su parte, la mujer señaló que no sabía que su ex pareja no era el padre de la pequeña.
En la resolución judicial se destacó que “con la acción de nulidad se controvierte la validez del acto jurídico continente del reconocimiento por vicios que afectan su eficacia constitutiva”.





















