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Otro fallo puso límites a la reforma laboral y rechazó el pago de indemnizaciones en cuotas

La resolución fue firmada por el vocal José Luis Rugani y el secretario Mario Aguirre, y sostuvo que esa modalidad de pago lesiona derechos básicos del trabajador porque desnaturaliza el carácter alimentario de la indemnización.

La reforma laboral sufrió un nuevo revés en la Justicia luego de que la Sala 7 de la Cámara del Trabajo de Córdoba declarara inconstitucional el artículo 56 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, que habilitaba a las empresas a cancelar indemnizaciones por despido en cuotas mensuales.

La resolución fue firmada por el vocal José Luis Rugani y el secretario Mario Aguirre, y sostuvo que esa modalidad de pago lesiona derechos básicos del trabajador porque desnaturaliza el carácter alimentario de la indemnización. En los fundamentos, el tribunal remarcó que esos créditos no representan solo una compensación económica, sino un recurso esencial para cubrir necesidades básicas como vivienda, salud, alimentación y vestimenta.

El caso se originó a partir de una demanda de Gabriel Axel Ceballos contra la firma Iris Energía SAS. Tras una sentencia condenatoria, la empresa pidió ampararse en la nueva normativa para abonar el monto en 12 cuotas consecutivas, bajo el argumento de su condición de MiPyME. El tribunal rechazó esa pretensión.

Rugani sostuvo además que fraccionar el pago en un contexto inflacionario “licúa” el valor real del crédito laboral y debilita la protección legal contra el despido arbitrario. Por eso entendió que el artículo cuestionado entra en conflicto con el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, así como con el derecho de propiedad protegido por el artículo 17.

Otro punto relevante del fallo es que el tribunal ejerció el control de constitucionalidad de oficio, es decir, sin necesidad de que las partes lo reclamaran expresamente. Con esa decisión, la Cámara no solo rechazó el pedido empresario, sino que dejó sentado un precedente relevante frente a uno de los mecanismos de flexibilización incorporados por la reforma.

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