Connect with us

Hi, what are you looking for?

Judiciales

Obra social debe cubrir a un afiliado un trasplante de médula ósea

También tendrá que cubrir los estudios indicados en las prescripciones médicas.

Una obra social deberá cubrirle a un afiliado un trasplante haploidéntico de progenitores hematopoyéticas de sangre periférica de médula ósea de un familiar. También tendrá que cubrir los estudios indicados en las prescripciones médicas.
El paciente padece de leucemia mieloide aguda, que le fue diagnosticada en marzo de este año.

Realizó un tratamiento de quimioterapia y al no lograr respuesta completa se requirió esquema de rescate. Luego le indicaron tratamiento de consolidación con trasplante alogénico de progenitores hematopoyéticos y posteriormente le efectuaron estudios de control. Por no contar con donante relacionado histoidéntico y frente a la urgencia de la patología, le prescribieron trasplante haploidéntico de médula ósea urgente.

Efectuaron los estudios de histocompatibilidad y el resultado arrojó que un hermano es compatible con él, por lo cual será el donante de las células hematopoyéticas necesarias para llevar a cabo el trasplante.

En la acción de amparo patrocinada por la doctora Cintia Donati aseguró que todas las órdenes médicas fueron presentadas a la Obra Social de la Cámara de Empresarios de Agencias de Remises de Argentina y que ésta no autorizó la práctica.

En la resolución el juez federal Gastón Salmain afirmó que la Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células sostiene que “en ningún caso los gastos vinculados con la ablación y /o el implante y tratamientos médicos posteriores, se encuentran a cargo del dador o de sus derechohabientes. Dichos gastos deben ser cubiertos por las entidades encargadas de la cobertura social o sanitaria del receptor”.

Agregó que “se trata de un caso de salud, con las características que el mismo reviste. Máxime teniendo en cuenta la patología grave que aqueja al paciente y el riesgo que puede traer aparejado para su salud, ello a fin de no tornar ilusoria la sentencia que posteriormente se dicte. He de reiterar lo anotado por sus médicas tratantes en el sentido de que es un paciente de riesgo desfavorable o alto”.

Comentarios

Estamos en Vorly TV ¿Nos acompañás?

Te puede interesar

Judiciales

Se trata de un afiliado que debe someterse a una cirugía debido a una hernia de hiato pero la obra social negaba la cobertura...

Judiciales

El juez federal Gastón Salmain falló a favor de una mujer a quien la obra social de la Universidad Nacional de Rosario le negaba...

Judiciales

En los primeros 6 meses del tratamiento cuestan $600.000.000.

Judiciales

Además, se declaró la arbitrariedad e ilegalidad de la conducta desarrollada por la Obra Social. La resolución no pone límite del prestador ni del...

Versión Rosario. Nuestra mirada. Nuestra región. Dorrego 972, piso 2. Rosario, Argentina. Teléfono: +54(0341)2986931.