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Con cambios, Senadores giró nuevamente el proyecto de la nueva Ley de Alquileres a Diputados

Ahora sólo podrán aceptar las modificaciones o insistir con la sanción original.

El Senado de la Nación aprobó este jueves a la noche el proyecto que reforma la Ley de Alquileres e introdujo algunos cambios a la iniciativa sancionada a fines de agosto en Diputados, por lo que deberá regresar a la cámara de origen en segunda revisión, que ahora sólo podrá aceptar las modificaciones o insistir con la sanción original.

El proyecto fue aprobado por 37 a 29 y contó con el apoyo del Frente de Todos y de los senadores peronistas que integran el bloque de Unidad Federal; en tanto, Juntos por el Cambio votó en contra, porque pretendía aprobar el proyecto venido en revisión de Diputados y sancionar este jueves mismo la ley.

La iniciativa venida de Diputados establecía que las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) y el Índice de Salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices.

En cambio, el proyecto aprobado por el Senado establece tres años como plazo mínimo legal de locación y agrega que “los contratos de locación con destino” a vivienda serán estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre los cuales podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.

También el Senado modificó el mecanismo de actualización del precio de los alquileres propiciando que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del coeficiente de estabilización de referencia, publicado por el BCRA”.

El proyecto aprobado en el Senado, además, modifica la norma venida en revisión de Diputados al incorporar un último párrafo sobre el artículo nueve, estableciendo que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.

Finalmente, se suma un nuevo artículo, el número doce: “Las partes podrán deducir del Impuesto a las Ganancias la suma equivalente al diez por ciento del monto anual del contrato de locación”.

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