Connect with us

Hi, what are you looking for?

Actualidad

Suba en la energía eléctrica impactará en las boletas de usuarios de la EPE

Los hogares de mayores ingresos afrontarán los aumentos más altos, mientras que los sectores comerciales e industriales verán incrementos de hasta 3% en sus costos de consumo eléctrico.

El aumento del precio mayorista de la energía eléctrica, dispuesto por la Secretaría de Energía de la Nación, generará un impacto de entre 2% y 3,2% en las facturas de la Empresa Provincial de la Energía (EPE) en septiembre.

Los hogares de Nivel 1 (sin subsidios) verán un aumento del 3,2%, lo que implica que una factura por 400 kWh subirá de $76.201 a $78.633, un alza de $2.432. En el caso de los usuarios subsidiados de Nivel 3 (ingresos medios), la suba será del 2,4%, pasando de $53.097 a $54.381, un incremento de $1.285. Para los hogares vulnerables de Nivel 2, el aumento será del 2,1%, con un alza de $957, llevando la factura de $46.496 a $47.453.

Por su parte, los comercios que consumen 1.500 kWh verán un aumento del 2,8%, lo que representa $9.218 adicionales, mientras que las industrias con un consumo de 3.500 kWh tendrán un incremento del 3%, subiendo de $718.815 a $740.078, con un alza de $21.263.

Comentarios

Estamos en Vorly TV ¿Nos acompañás?

Te puede interesar

Actualidad

La Empresa Provincial de la Energía (EPE) halló irregularidades en miles de beneficiarios. En los próximos días se intensificarán los controles para garantizar el...

Economía

El incremento se relaciona con el ajuste mensual de impuestos que el Gobierno nacional autorizó. Los detalles.

Actualidad

Desde el jueves 7 de agosto se restringirá el acceso de transporte pesado en dirección a Santa Fe. Autos y colectivos seguirán circulando con...

Policiales

El efectivo permaneció dos horas en los techos de su casa con su pistola reglamentaria. La mujer fue trasladada de urgencia al hospital Iturraspe.

Versión Rosario. Nuestra mirada. Nuestra región. Dorrego 972, piso 2. Rosario, Argentina. Teléfono: +54(0341)2986931.