Connect with us

Hi, what are you looking for?

Judiciales

Sancionaron la ley de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Código Procesal Civil y Comercial

También se estableció que los jueces de Primera Instancia de Circuito de Ejecución Civil de Distrito Judicial Nº 2 serán jueces de Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil, a excepción de uno que será Juez Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual.

La Cámara de Diputados de la provincia aprobó modificaciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial y al Código Procesal Civil y Comercial. Los jueces de los Tribunales Colegiados de Familia y de Responsabilidad Extracontractual, serán jueces unipersonales de Primera Instancia de Distrito de Familia y jueces Unipersonales de Primera Instancia de Distrito de Responsabilidad Extracontractual, a partir de la entrada en vigencia de esta ley.

También se estableció que los jueces de Primera Instancia de Circuito de Ejecución Civil de Distrito Judicial Nº 2 serán jueces de Primera Instancia de Distrito de Ejecución Civil, a excepción de uno que será Juez Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual.

Además, los jueces de Primera Instancia de Circuito de Santa Fe y de Rosario serán jueces de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial. Por su parte, los magistrados de Primera Instancia de Circuito de Cañada de Gómez, Casilda, Melincué, Rufino, San Cristóbal, Vera, Ceres, El Trébol, Esperanza, San Justo, Villa Gobernador Gálvez, Villa Ocampo y Firmat serán jueces Primera Instancia de Fuero Pleno.

Los juicios en trámite a la fecha de entrada en vigencia de la ley, iniciados ante los Tribunales Colegiados de Familia y ante los
Tribunales Colegiados de Responsabilidad Extracontractual, continuarán ante el Juzgado Unipersonal a cargo del Juez que se encuentra interviniendo como Juez de Trámite, adaptándose en lo pertinente el procedimiento en las causas que así lo requieran.

La Ley sancionada determina que a los jueces de Primera Instancia con asiento en las ciudades de Santa Fe y Rosario, les compete el conocimiento de las impugnaciones y las quejas contra las resoluciones de los Jueces Comunitarios de Pequeñas Causas.

Mientras tanto, se modificaron varios artículos del Código Procesal Civil y Comercial.

Comentarios

Estamos en Vorly TV ¿Nos acompañás?

Te puede interesar

Actualidad

En lo que parece puede convertirse una tendencia, el país europeo tomó la misma decisión que Australia hace días atrás.

Judiciales

Los padres señalaron que su hija padece parálisis cerebral, hemiplejía infantil y diplejía espástica, cuadro derivado de una hipoxia perinatal y prematurez extrema, motivo...

Economía

Según reconstruyeron fuentes del propio instituto, Lavagna habría blanqueado el motivo en una reunión cerrada con directores nacionales: afirmó que la presión para demorar...

Política

El funcionario sostuvo que el textil es “un caso emblemático” de una actividad que fue resguardada durante mucho tiempo y cuestionó que, mientras se...

Versión Rosario. Nuestra mirada. Nuestra región. Dorrego 972, piso 2. Rosario, Argentina. Teléfono: +54(0341)2986931.