La Justicia de Familia prohibió a un padre deudor de la cuota alimentaria ingresar a las instalaciones del Club Newell’s Old Boys. Además, no podrá entrar a ningún estadio de fútbol ni asistir a espectáculos deportivos.
Se ofició a Newell’s Old Boys, a la Dirección Nacional de Seguridad en eventos deportivos, al Ministerio de Seguridad de la Nación “Programa Tribuna Segura” y al Ministerio de Seguridad de la Provincia, a fin que tomen conocimiento de lo ordenado.
La madre de los menores fue patrocinada por la abogada María Fernanda Iriarte.
En la resolución se afirmó que “si bien la medida conminatoria solicitada implica una restricción a los derechos del demandado resulta proporcionada a su conducta lesiva y tiene por finalidad hacer cesar el estado antijurídico que es el no pago de la cuota alimentaria por parte del obligado alimentario”.




















