Connect with us

Hi, what are you looking for?

Judiciales

Obra social de la UNR debe cubrir a una afiliada un medicamento oncológico

Se trata de Trastuzumab emtansina 3.6 mg/kg cada 21 días, que cuesta cerca de $1.300.000.

La Justicia Federal hizo lugar a una medica cautelar y ordenó a la Obra Social de la Universidad Nacional de Rosario que otorgue la cobertura de un medicamento a una afiliada que padece cáncer.

La mujer presentó el amparo con el patrocinio de las abogadas Carina Mazzeo y Julia Canet para que la prestadora de salud le cubra la medicación que requiere por su condición de paciente oncológica. Se trata de Trastuzumab emtansina 3.6 mg/kg cada 21 días, que cuesta cerca de $1.300.000.

Además, debe cubrirle ácido zoledrónico 4mg x IFA, groselerin 3.6 mg x IFA y Tamoxifeno 10 mg x 30 comprimidos. Es paciente diagnosticada con cáncer de mama en estado avanzado con metástasis óseas y axilares.

Destacó que la medicación prescripta se encuentra aprobada por ANMAT desde el 2017 como agente único para pacientes adultos con cáncer de mama localmente avanzado.

Desde noviembre de 2022 solicita en la obra social la provisión del remedio y frente a la falta de respuesta por parte de la obra social la médica que la trata realizó una nueva orden y a fines del año pasado otro profesional confeccionó la historia clínica refrendando el tratamiento indicado y reiteró el esquema con Trastuzumab emtansina manifestando los beneficios de la utilización de ese fármaco.

Durante la feria judicial la obra social respondió el informe solicitado y sostuvo que el tratamiento requerido Trastuzumab emtansina es de cuarta línea, que se realizó sugerencia de tratamiento según guías nacionales e internacionales y que su Auditoría Oncológica le informó que lo solicitado no cuenta con aval bibliográfico dado el caso de la paciente.

En la resolución el juez federal Aurelio Cuello Murúa señaló que “luce acreditado medicamente la necesidad del tratamiento indicado a la afiliada, debiendo valorarse los términos específicos de la prescripción médica realizada por los profesionales tratantes. La medicación indicada resulta adecuada y necesaria para la patología que presenta”.

Se agregó que hay jurisprudencia que puntualizó que “la opinión del médico de cabecera o tratante, quien examinó cuidadosamente a su paciente y elaboró un diagnóstico científico debe prevalecer por sobre la de la obra social que prevé un tratamiento distinto que, si bien no es menos serio, está basado en parámetros generales o estándares médicos no específicos ni concretos”.

Comentarios

Estamos en Vorly TV ¿Nos acompañás?

Te puede interesar

Actualidad

Familiares de todo el país encendieron velas en el Monumento a la Bandera para homenajear a los fallecidos y reclamar justicia y controles sanitarios.

Policiales

Hubo incidentes, daños y agresiones en la Escuela N° 1381 “Renacer en la Esperanza”, donde el Ministerio de Educación activó protocolos por una posible...

Actualidad

La medida regirá durante el próximo sábado para incentivar las compras y paseos en el marco de dicha celebración. 

Política

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, reveló que el Presidente analiza realizar un acto en la ciudad días antes de las elecciones legislativas de...

Versión Rosario. Nuestra mirada. Nuestra región. Dorrego 972, piso 2. Rosario, Argentina. Teléfono: +54(0341)2986931.