Economía

Nuevas reglas para el IVA en supermercados: quiénes quedan fuera del régimen de percepción desde julio

A partir del mes próximo, los comercios de alimentos dejarán de aplicar percepciones del IVA en ventas menores a 10 millones de pesos dirigidas a consumidores finales. La medida busca simplificar la operatoria y evitar conflictos en los puntos de venta.

Desde el 1° de julio entrará en vigencia una modificación significativa en el tratamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en supermercados, minimercados y comercios de alimentos. Según lo establecido por la Resolución General 5710/2025 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada en el Boletín Oficial, ya no se aplicará el régimen de percepción del IVA en operaciones de hasta 10 millones de pesos destinadas a consumidores finales.

Este nuevo criterio representa un alivio operativo para comerciantes y consumidores, en especial aquellos que realizan compras frecuentes en supermercados o autoservicios. La normativa establece que, siempre que el monto de la transacción no supere ese límite y el comprador declare ser consumidor final —algo que quedará plasmado en la factura—, no se cobrará el adicional impositivo por percepción.

La exención alcanza a cuatro rubros principales: ventas mayoristas en supermercados de alimentos, ventas minoristas en hipermercados, supermercados y minimercados, incluyendo aquellos comercios que ofrecen productos frescos como carnes y verduras junto a otros alimentos. En estos casos, si la operación cumple con los requisitos, se considerará automáticamente fuera del alcance de la percepción, sin necesidad de evaluaciones adicionales.

Antes de esta actualización, los comercios debían analizar caso por caso si un cliente era realmente un consumidor final. Si había dudas —por ejemplo, cuando alguien compraba cantidades inusuales de productos— el comercio estaba obligado a aplicar una percepción que podía representar entre el 5,25% y el 10,5% del total de la factura. Esto generaba fricciones con clientes, sobre todo con pequeños comerciantes que simulaban ser consumidores finales para evitar el recargo.

El nuevo esquema elimina esa discrecionalidad y la reemplaza por una única condición objetiva: el monto de la operación. De esta forma, se simplifica tanto la emisión de comprobantes como el trato en los puntos de venta. Además, se reduce el margen de conflicto y se facilita la fiscalización por parte de la AFIP y ARCA.

Según explicó el tributarista Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, la normativa anterior obligaba a los vendedores a actuar bajo sospecha: “Si un cliente decía ser consumidor final pero compraba volúmenes poco habituales, el comercio debía presumir lo contrario y aplicar la percepción. Esto generaba tensiones y hasta pérdidas de clientes”.

Con esta modificación, el Gobierno apunta a una mayor transparencia en las operaciones comerciales, al mismo tiempo que busca facilitar el uso de dinero informal en el consumo masivo, una señal clara hacia sectores que manejan efectivo fuera del sistema formal.

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