La Provincia de Santa Fe deberá pagarle casi 10.000.000 de pesos a un hombre que fue herido por un policía y debieron amputarle la pierna izquierda.
El 26 de febrero de 2010 caminaba por bulevard 27 de Febrero de Rosario hacia su domicilio. En la demanda patrocinada por los abogados Antonela Travesaro, Fernando Leva y Alejandro Sevillano destacó que al llegar a la altura del 4500 se encontró con un individuo con el que desde hacía tiempo se encontraba enfrentado por diversos entredichos. Comenzaron una discusión y luego se trenzaron en lucha.
En esas circunstancias pasó por el lugar un móvil del Comando Radioeléctrico de la Policía de Santa Fe, el personal se bajó del vehículo y comenzó a efectuar disparos. Uno de los proyectiles impactó en su pierna izquierda. Posteriormente, los uniformados lo trasladaron al Hospital de Emergencias Clemente Álvarez donde fue ingresado al quirófano para ser intervenido quirúrgicamente.
Luego de varias intervenciones, al ser externado del hospital el 9 de marzo de 2010, fue detenido y trasladado a la comisaría 13 y al día siguiente fue derivado a la Unidad Penitenciaria Nº 3.
Seguía con inflamación en la pierna y dolores. Después de 10 días, durante los cuales sufrió desprendimiento de los dedos de la pierna afectada fue trasladado al Hospital de Emergencias y el 20 de marzo debieron amputarle la pierna izquierda en el límite de su tercio medio y distal.
La Provincia negó los hechos y reconoció que se le formó una causa penal caratulada como “robo calificado y resistencia a la autoridad calificada” así como también que estuvo en prisión preventiva y luego domiciliaria. Agregó que se encontraba portando un arma de fuego y fue quien dio lugar al lamentable hecho, primero huyendo ante el requerimiento de la policía, y luego, disparando el arma hacia los uniformados, quienes no tuvieron alternativa que responder a dichos disparos para proteger su propia vida.
Sin embargo, fue sobreseído en la causa.
En la resolución el juez en lo civil y comercial Luciano Juárez destacó que “la moderna orientación del Derecho de daños determina que siempre que el Estado cause perjuicio, la víctima deberá ser indemnizada, sea cual fuere la actividad estatal de donde derivare el daño”. La condena estuvo a cargo del Tribunal de Responsabilidad Extracontractual N°2.
Agregó que “Ley Nº 12.521 del personal policial expresamente dispone que se consideran faltas graves: utilizar o blandir el arma de fuego provista o que utiliza para el servicio en situaciones que no correspondan por razones de seguridad para la integridad de las personas, proporcionalidad
de los medios empleados en los hechos y con agotamiento de las medidas preventivas que establezcan los reglamentos policiales para las intervenciones
en el servicio policial”.
Puntualizó el magistrado que “no se encuentra fehacientemente acreditado en la causa penal que el demandante hubiese efectuado disparos con la finalidad de cubrir su huida al ser advertido de la voz de alto por el personal policial que se encontraba en el lugar”.
Añadió que “tratándose de un hecho dañoso provocado por una agente de las fuerzas de seguridad con el arma reglamentaria de propiedad de la Provincia de Santa Fe, respecto de la cual tenía su guarda, el propio sistema normativo cuenta con textos legales atributivos de responsabilidad por los
hechos de los guardianes (y dueños) de las cosas riesgosas”.
El hombre al que debieron amputarle la pierna izquierda tenía 35 años al momento del hecho y quedó con una incapacidad del 60%.
Por incapacidad sobreviniente, por daño moral y psíquico, tratamiento psicológico, por gastos médicos, farmacéuticos y colaterales, la Provincia de Santa Fe fue condenada a pagarle 4.556.000 pesos, que con los intereses se eleva a casi 10.000.000 de pesos.
Judiciales
Millonaria condena a la provincia de Santa Fe: debe pagar casi $10.000.000
La demanda fue iniciada por un hombre que fue herido por un policía y debieron amputarle la pierna izquierda.
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