La Justicia Federal ordenó a la Obra Social de la Universidad Nacional de Rosario la cobertura a una afiliada de una astroplastia total de rodilla (reemplazo por una articulación artificial), rehabilitación, internación y prótesis nacional o importada.
La mujer tiene 79 años y se encuentra en un estado de salud grave, en estado de vulnerabilidad, no pudiendo caminar generándole un cuadro depresivo importante por su condición de no poder movilizarse.
El 8 de febrero se inició la demanda de amparo con el patrocinio del abogado Guillermo Genzler. La obra social destacó ha venido brindándole a la afiliada las prestaciones médicas requeridas, y que ante el pedido efectuado se le brindó como respuesta que registra afiliación al “Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados – PAMI” como obra social primaria y obligatoria con cobertura total e integral, por tanto, debe gestionar la cobertura ante dicha obra social, a la cual la afiliada se ha negado sistemáticamente a recurrir.
Al hacer lugar a la medida cautelar el juez federal Gastón Salmain señaló que “se comprueba la existencia del peligro en la demora, por cuanto, se trata de un caso de salud, con las características que el mismo reviste, dada la necesidad de la afiliada de acceder al procesador prescripto para mejorar su calidad de vida, a fin de no tornar ilusoria la sentencia que posteriormente se dicte”.
Agregó que “el Alto Tribunal ha señalado que los discapacitados, a más de la especial atención que merecen de quienes están directamente obligados a su cuidado, requieren también la de los jueces y de la sociedad toda, siendo que la consideración primordial del interés del incapaz, viene tanto a orientar como a condicionar la decisión de los jueces llamados al juzgamiento de estos casos”.