La Justicia Federal de Rosario ordenó a la Obra Social de Viajantes Vendedores de la República Argentina la cobertura de una cirugía para la extirpación de un tumor
El afiliado presentó una acción de amparo con el patrocinio de las abogadas Carina Mazzeo y Julia Canet para que la obra social le brinde la inmediata cobertura del 100% de la cirugía de tumor glómico yugular, a realizarse en el Hospital Privado de Rosario, incluyendo la totalidad de honorarios médicos y la provisión de los factores de coagulación.
Al contestar la demanda la obra social señaló que cuenta con un sistema cerrado de prestadores y profesionales, dentro de los cuales no están ni el centro asistencial ni tampoco el médico que trata al afiliado.
Padece de recidiva de tumor glómico temporal. Es hemofílico severo y sufre reiterados e importantes sangrados en su oído derecho a causa de la presión que ejerce el tumor.
El 17 de septiembre de 2015 fue operado de ese tumor que ahora se reitera. Para la cobertura de esa cirugía debió recurrir a la justicia porque la obra social carecía de prestadores en la ciudad de Rosario y fue intervenido en Buenos Aires.
Al hacer lugar a la medida cautelar la jueza federal Sylvia Aramberri sostuvo que “el derecho a la salud ostenta un valor, que en su concepto más extenso significa el derecho a una mejor calidad de vida”.
También destacó que “el derecho a la salud se encuentra íntimamente vinculado con el derecho a la vida digna, reconodcido por nuestra Constitución Nacional y por los Tratados Internacionales de jerarquía supranacional”.


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