Judiciales

La Justicia hizo lugar a una filiación post mortem

Se dispuso la realización de la prueba de histocompatibilidad inmunogenética por sistema de ADN entre la niña, su madre y los hijos mayores de edad del padre cuya filiación post morten se reclamó.

La Justicia rosarina hizo lugar a una filiación post morten. La jueza de Familia, Sabrina Sansarricq, admitió una demanda y declaró que una niña es hija extramatrimonial de un hombre fallecido.

Ordenó al Registro Civil que a la menor se le agregue al apellido materno el de su progenitor. En la acción judicial la madre de la menor, patrocinada por el abogado Sebastian Román, sostuvo que de una relación de convivencia con el hombre fallecido nació la hija.

Expuso que al momento de la inscripción de la niña ante el Registro Civil lo realizó ella sólo porque la pareja padecía al momento del nacimiento de la niña una grave enfermedad terminal y se encontraba internado. Agregó que posteriormente contrajeron matrimonio, pero el hombre no pudo realizar el reconocimiento de la niña dado que falleció producto de su enfermedad a mediados de 2023.

Se dispuso la realización de la prueba de histocompatibilidad inmunogenética por sistema de ADN entre la niña, su madre y los hijos mayores de edad del padre cuya filiación post morten se reclamó.

El estudio arrojó una probabilidad de media hermandad paterna del 99.99 %. La jueza destacó en los considerandos de la resolución que “La prueba pericial admitida expresamente por el artículo 579 del Código Civil y Comercial, constituye la prueba fundamental en los juicios de filiación. Así, los avances en la materia permiten afirmar que la prueba genética es la prueba más importante en los procesos en los que se indaga la filiación biológica de una persona”.

Agregó la existencia de bibliografía que señala que “es, precisamente en virtud de la certeza que otorgan, que se ha sostenido que los juicios de filiación se han transformado en procesos eminentemente periciales”.

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