La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad planteado por un trabajador y en, consecuencia, anuló la sentencia impugnada que rechazaba parte de la demanda del empleado.
Decidió remitir las actuaciones al Tribunal subrogante que corresponda para que dicte un nuevo pronunciamiento.
En abril de 2015 la empresa de vigilancia “El Centinela” inició demanda de consignación de certificaciones de servicios y de trabajo contra el empleado.
Por su parte, el trabajador contestó la acción, interpuso reconvención peticionando la entrega de certificaciones, la imposición de astreintes y la multa prevista en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo.
A fines de mayo el trabajador con el patrocinio de la abogada Marisa Margutti inició demanda, la que fue admitida parcialmente en primera instancia.
La empleadora apeló y la Cámara Laboral resolvió rechazar la demanda de cobro de pesos planteada por el empleado y la procedencia de la multa del artículo 80 y la entrega del certificado de trabajo reclamadas y confirmó el resto de la sentencia apelada.
Contra el fallo de la Cámara el trabajador interpuso recurso de inconstitucionalidad invocando lesión a sus derechos constitucionales.
Sostuvo que la patronal poseía conocimiento de la enfermedad de diabetes insulinodependiente y depresión que padecía el trabajador.
La Corte Suprema santafesina resolvió que corresponde hacer lugar al recurso interpuesto por el trabajador, a fin que la causa sea nuevamente juzgada subsanándose el vicio que exhibe y dictar un nuevo pronunciamiento.





















