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IAPOS debe cubrir a una afiliada un medicamento oncológico

La patología de cáncer de mama que generó metástasis pulmonar y ósea, le fue diagnosticada mediados de 2023.

Hacen lugar un amparo y ordena a IAPOS cubrir a una afiliada un medicamento oncológico. La joven de 30 años con el patrocinio del abogado Leonardo Juanto presentó una de amparo tendente a que se condene al Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS) a suministrarle en forma urgente la medicación Trastuzumab deruxtecan (TDXd) que requiere con urgencia ante la expansión del cáncer de mama que padece, según lo indicado por su médico oncólogo.

La patología de cáncer de mama que generó metástasis pulmonar y ósea, le fue diagnosticada mediados de 2023.

Le realizaron 6 ciclos de quimioterapia que finalizaron en diciembre de 2023 y en enero de 2024 comenzó otro tratamiento con varios medicamentos.

Hace 4 meses a través de una resonancia magnética cerebral, se le detectaron lesiones focales intra axiales de origen secundario, ya que al extenderse la enfermedad al sistema neurológico esas drogas que estaban siendo utilizadas ya no serían efectivas para cubrir el mismo.

Fue intervenida quirúrgicamente con el objetivo de quitar el foco cancerígeno para evitar sus síntomas, tras lo cual se ordenó una segunda línea de tratamiento mediante la medicación que se reclama (y que aseguró IAPOS no autoriza), que implica administración de Trastuzumab deruxtecan (TDXd) en una dosis diaria de 300 mg, en tres (3) ciclos de 21 días cada uno.

Añadió que luego de aquella intervención quirúrgica debió someterse a radioterapia y que debe seguir con la mencionada medicación prescripta, porque a raíz de esa expansión del foco cancerígeno resulta menester modificar el tratamiento, ya que la medicación utilizada hasta ese momento no produce efecto en el cerebro.

Destacó la eficacia de Trastuzumab Deruxtecan en cáncer de mama avanzado con HER2 bajo previamente tratado y al respecto dice que según ensayos clínicos en pacientes con cáncer de mama metastásico con baja expresión de HER2, resultó en una supervivencia libre de progresión y global significativamente más prolongada que la quimioterapia.

IAPOS reconoció que la amparista solicitó a través de su médico tratante cobertura de la medicación Trastuzumab Deruxtecan (TDXd), pero según surgen de los registros del sistema de autorización de medicamentos, en el 2023 se autorizó en tiempo y forma tratamiento con Pertuzumab y Trastuzumab más quimioterapia en primera línea, el cual fue discontinuado por la paciente porque ingresó a un ensayo clínico donde recibió tratamiento con Pertuzumab, Trastuzumab y Giredestrant, que no tiene a la fecha aprobación regulatoria.

Puntualizó que la demandante fue excluida del ensayo mencionado por progresión de la enfermedad.

El juez en lo civil y comercial Luciano Juarez citó jurisprudencia que señala que “el Programa Médico Obligatorio no constituye una limitación para los agentes del seguro de salud, sino que consiste en una enumeración no taxativa de la cobertura mínima que los beneficiarios están en condiciones de exigir a las obras sociales y el mismo contiene un conjunto de servicios de carácter obligatorio como piso prestacional por debajo del cual ninguna persona debería ubicarse en ningún contexto”.

Agregó que “el control administrativo que realiza la obra social no la autoriza, ni la habilita a imponerle prescripción alguna en contraposición a la elegida por la o el profesional responsable del tratamiento”.

Expresó el magistrado que “el IAPOS no ha alegado que tenga un costo excesivo comparado con el otro medicamento que propone.

Tampoco ofreció alternativas de tratamiento que aseguren la misma eficacia que el sugerido por el médico oncólogo de la amparista”.

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