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Judiciales

Hacen lugar a demanda de un jubilado contra ANSES

El damnificado señaló que, luego de 18 meses de trámite, ANSES denegó los aportes realizados en ese carácter.

La Justicia Federal de Rosario hizo lugar a una demanda contra la ANSES y le ordenó la modificación de la fecha inicial de pago fijada a un jubilado, el pago del haber recalculado y las diferencias retroactivas.

El hombre, con el patrocinio del abogado Esteban Sesin, presentó una demanda contra la Administración Nacional dela Seguridad Social y planteó la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Reformas al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y movilidad de las prestaciones jubilatorias, reajuste por movilidad de haber previsional, solicitó el pago de las diferencias resultantes que le correspondieren al presentante con retroactividad y que ordene a la demandada aplicar el índice más favorable al beneficio previsional.

Expresamente impugna la fecha inicial de pago determinada por el organismo previsional. Inició trámite de reconocimiento de servicios para que sean verificados por ANSES los aportes realizados en carácter diferencial (titular y único chofer de transporte público de pasajeros – taxi). Señaló que, luego de 18 meses de trámite, ANSES denegó los aportes realizados en ese carácter. Ante el rechazo presento recurso ante la Cámara de Seguridad Social, el cual fue rechazado en junio de 2016 (dos años y seis meses después de iniciado el trámite de reconocimiento).

Afirmó que frente a esta denegatoria, interpuso demanda judicial por reconocimiento de servicios, obteniendo sentencia favorable el 24 de junio de 2019.
A esa fecha poseía un año de exceso de edad y el requisito de aportes para obtener su beneficio jubilatorio, solicitó turno ante ANSES; presentó toda la documentación obteniendo finalmente el beneficio con fecha inicial de pago el 1 de agosto de 2020. Alegó que, habiendo cumplido los requisitos para acceder al beneficio en fecha 8 de julio de 2018, solicita se liquiden los haberes devengados y las sumas retroactivas que genere el presente reclamo desde la fecha referida.

La ANSES manifestó que aplicó correctamente las normas en vigor para el cálculo del haber inicial y su actualización.

En la resolución el juez federal Carlos Vera Barros destacó que “corresponde hacer lugar al reclamo y ordenar la modificación de la fecha inicial de pago fijada por el Organismo Previsional -18/02/2020- en la Resolución de fecha 1/10/2020, debiendo considerar en su lugar el 8/07/2018 -momento en que se verifica el cumplimiento de los requisitos legales exigidos-; y el pago de las sumas devengadas con motivo de la rectificación dispuesta”.

Agregó que “el haber jubilatorio, integrado con actualización, ingresó al patrimonio del beneficiario como un derecho adquirido en diciembre de 2017, aún cuando la fecha de cobro se fijara para el mes de marzo del año siguiente”.

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