En el marco de un concurso preventivo, una persona física había solicitado que se embargue sus haberes jubilatorios en los porcentajes de ley y como contrapartida requirió el levantamiento de los descuentos que pesan sobre su recibo del haber en virtud de diferentes préstamos contraídos.
Asimismo, solicitó también con el patrocinio de la abogada Micaela Dominguez el levantamiento de los débitos automáticos que pesan sobre la cuenta bancaria en la que percibe sus haberes jubilatorios.
De este modo, la jueza a cargo del tribunal en lo civil y comercial en feria, Verónica Gotlieb, hizo lugar a la medida cautelar solicitada, permitiendo el inmediato recupero del referido emolumento.
La mujer sostuvo que “la gravedad de la situación que me aqueja reviste tal envergadura que a la fecha no estoy percibiendo suma alguna de lo que debería ser mi jubilación y a consecuencia de ello no pude hacer frente a lo esencial en lo que respecta a la adquisición de medicamentos, alimentos, atenciones médicas, emergencia, luz, gas, telefonía, gastos de traslado y asistencia personal”.
Tiene un pasivo superior a $82.000.000.
El juez en lo civil y comercial, Fernando Mecoli, dispuso la apertura del concurso preventivo de la jubilada.
Sobre el tema, cabe señalar que los temas relativos a las medidas cautelares y los concursos preventivos constituyen una causa específica para la apertura de la feria judicial.
Sin embargo, la medida se sustentó no sólo en el carácter alimentario que detentan los ingresos mencionados sino también en que el embargo trabado -solicitado por la misma requirente de la medida- garantiza el posible interés de los acreedores y las costas futuras del proceso en trámite.