Connect with us

Hi, what are you looking for?

Judiciales

Establecen un régimen de comunicación entre un abuelo y su nieto

El abuelo inició con el patrocinio de la abogada Sabrina Pascual una demanda de régimen de adecuada comunicación con su nieto.

La Justicia de Familia fijó un régimen provisorio de comunicación entre el abuelo paterno y su nieto menor de edad. Tendrán un contacto semanal o con la frecuencia que la trabajadora social que intervenga desde el Equipo Único de Trabajo Social determine.

El abuelo inició con el patrocinio de la abogada Sabrina Pascual una demanda de régimen de adecuada comunicación con su nieto. La relación entre el demandante y su hijo había sido trunca en los últimos años y ello repercutió en la relación con su nieto.

El abuelo vio a su nieto en escasas oportunidades, sólo tres veces, y que la última vez tuvo lugar en un bar, pero no pudieron compartir un tiempo juntos. El padre y la madre del menor rechazaron la propuesta del abuelo de su hijo.

La jueza María José Campanella afirmó que “el artículo 555 del Código Civil y Comercial de la Nación contempla los que tienen a su cargo el cuidado de personas menores de edad, con capacidad restringida, o enfermas o imposibilitadas, deben permitir la comunicación de éstos con sus ascendientes, descendientes, hermanos bilaterales o unilaterales y parientes por afinidad en primer grado”.

Agregó que “resulta ser el derecho de comunicación entre los nietos y abuelos un derecho impostergable, pues de la formación sana e integral de los menores depende en gran parte de que gocen de tal derecho, en tanto se trata de un derecho humano fundamental de no perder los vínculos con la familia ampliada”.

Puntualizó que “el derecho de comunicación requerido por el abuelo con respecto a su nieto resulta ajustado a derecho, razonable, y no surgen situaciones comprobadas y/o condiciones en el niño que obsten a la satisfacción de la pretensión cautelar del actor.

Por su parte, los progenitores si bien se oponen a la concreción de la comunicación entre su hijo y el abuelo paterno no esgrimen razones de entidad que justifiquen impedir el contacto entre el abuelo y su nieto”.

Comentarios

Estamos en Vorly TV ¿Nos acompañás?

Te puede interesar

Política

Se trata de Eduardo Serenellini quien "por razones personales" se aleja del área de prensa de Nación. 

Judiciales

El querellante expresó que el demandado, al explotar la necesidad, ligereza o inexperiencia de la mujer, obtuvo una ventaja patrimonial evidentemente desproporcionada y sin...

Actualidad

En la página web de noticias estadounidense Axios informó que se habían llevado a cabo conversaciones la semana pasada entre Teherán y Washington sobre...

Actualidad

Cancillería publicó teléfono de emergencia y mail para averiguar sobre la situación de personas tras los ataques de Hamás.

Versión Rosario. Nuestra mirada. Nuestra región. Dorrego 972, piso 2. Rosario, Argentina. Teléfono: +54(0341)2986931.