El Gobierno nacional volvió a instaurar una modalidad del cepo, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) estableció que a partir de este viernes quienes compren dólares oficiales durante 90 días no podrán comprar títulos valores con liquidación en moneda extranjera y viceversa.
A través de la Comunicación “A” 8336, el Banco Central modificó la Normativa Exterior y Cambios del BCRA, más específicamente a la sección 3.8 que regula la compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos en forma de billetes y/o depósitos.
“En todos los casos, la entidad deberá contar con una declaración jurada del cliente en la que deje constancia que se compromete a no concertar, de manera directa o indirecta o por cuenta y orden de terceros, compras de títulos valores con liquidación en moneda extranjera a partir del momento en que requiere el acceso y por los 90 (noventa) días corridos subsiguientes”, indicó el comunicado.
Hace tan solo una semana, el BCRA había adoptado la misma medida pero enfocada únicamente en accionistas, directores y/o gerentes de instituciones financieras y sus familias. Hasta ese momento, estas restricciones solo se aplicaban a empresas.
El Banco Central busca ponerle trabas a las operaciones con Dólar MEP y Contado Con Liqui (CCL) para terminar con una maniobra conocida como “rulo” o “arbitraje”, la cual consiste en comprar dólares oficiales y venderlos en mercados financieros en donde la cotización es mayor, motivo por el cual con un simple pasamano se pueden obtener ganancias.
La medida, conocida como “restricción cruzada” y que había sido eliminada en abril de este año, se da en el marco del intento del Gobierno por cuidar las reservas, luego de que la semana pasada el Banco Central vendiera 1100 millones de dólares e igual fracasara al intentar evitar que la divisa rompiera el techo de la banda.