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Judiciales

Condenaron al banco Macro por estafas virtuales a dos cientes de la sucursal de Echesortu

El giro de dinero, desde una cuenta corriente, se registró en 2022 y sin la autorización de los titulares. 

El banco Macro, de la sucursal rosarina ubicada en el barrio Echesortu, fue condenado por estafas virtuales a dos de sus clientes, quienes tenían una cuenta corriente en dicha entidad y en 2022 sufrieron la extracción de una valiosa suma de dinero. 

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La entidad fue condenada por daños patrimonial, moral y punitivo (sanción económica), más los intereses de los últimos 3 años.

Según los damnificados, el 21 de septiembre de 2022, al ingresar a su Home Banking, detectaron una transferencia inmediata no autorizada por la suma de $500.000 a favor de un tercero desconocido, operación que no generó ninguna alerta de seguridad por parte de la entidad a pesar de no ser un destinatario frecuente.

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Ante este hecho, patrocinados por los abogados Carlos y Martina Santilli realizaron la denuncia inmediata ante el Banco y en el Centro Territorial de Denuncias. Por su parte, el banco alegó que sus sistemas no habían sido vulnerados. 

La sucursal afirmó que cumplió con todas las normativas del Banco Central y que la operación cuestionada fue realizada utilizando las credenciales válidas (usuario, clave y token) que son personales, secretas e intransferibles, por lo que la entidad resultó ajena al hecho.

En la resolución, el juez en lo civil y comercial, Sebastián Rupil, destacó que “pesaba sobre la demandada la carga dinámica de colaborar activamente con la producción de la prueba, aportando los elementos que se encuentran bajo su esfera exclusiva de custodia y que resultan indispensables para verificar o descartar la invulnerabilidad que invoca. Lejos de cumplir con ese deber legal de cooperación y con la buena fe procesal, la entidad optó por una actitud reticente, impidiendo en los hechos la fiscalización judicial de su plataforma tecnológica”.

Además, la pericia contable confirmó con rigor técnico tanto la realidad del egreso patrimonial cuanto su correspondencia con la operación impugnada.

“La mecánica del evento –tal como surge de los extractos bancarios, del reclamo interno, de la denuncia y de la documentación producida por la propia entidad– revela la ejecución de una maniobra tecnológicamente sofisticada, compatible con la explotación de lo vulnerable en la sesión del usuario, que permitió la orden de una transferencia singular, por un monto elevado y a un beneficiario desconocido, sin que se activaran alarmas ni bloqueos preventivos”, señaló el magistrado. 

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