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Condenan a un banco por estafa virtual a una clienta

La damnificada se dirigió personalmente al Banco e informó lo sucedido. La persona que la atendió le dijo que iba a revisar la situación y que se iban a comunicar desde el banco pero que ello no sucedió.

La Justicia rosarina condenó a un Banco por una estafa virtual a una clienta.
Debe resarcirla por las sumas transferidas, daños moral y punitivo. A la mujer le acreditaron sus haberes en cuenta sueldo de su titularidad de una entidad bancaria.

Al día siguiente ingresó al home banking y advirtió que no contaba con su sueldo.
Afirmó que notó dos operaciones de transferencias que no había realizado. Se dirigió personalmente al Banco e informó lo sucedido. La persona que la atendió le dijo que iba a revisar la situación y que se iban a comunicar desde el banco pero que ello no sucedió.

Narra que revisó nuevamente su cuenta y notó otro faltante de ochenta mil pesos más. Secomunicó vía telefónica con el área de atención al cliente; se inició el trámite de desconocimiento de estos movimientos y se procedió al bloqueo de la cuenta.

Patrocinada por las abogadas Yamile Miranda y Fernanda Gallgani, afirmó que el Banco, pese a tener conocimiento de lo sucedido y ver movimientos inusuales, no tomó ningún resguardo hacia su patrimonio, reflejando desinterés y destrato hacia su persona como cliente. Le achaca a la demandada falta de prevención y de seguridad.

Al contestar la demanda, el Banco sostuvo que que tanto las credenciales de identificación para operar home banking como los códigos de verificación proporcionados por el banco como medida de seguridad adicional son elementos personales e intransferibles y que su custodia, tenencia, correcta utilización y guarda, así como las consecuencias de un eventual facilitamiento a terceros por cualquier razón,resultan de exclusiva responsabilidad del cliente.

La jueza en lo civil y comercial Lucrecia Mantello destacó que “la actividad bancaria no sólo es riesgosa por su naturaleza, sino también puede serlo por los medios empleados. En efecto, la recurrente comisión de fraudes vinculados con la prestación de servicios financieros que se valen de la informática (considérese, por ejemplo, las plataformas electrónicas de pagos, los cajeros automáticos, y los portales de home banking), así como las reiteradas fallas que aquejan a dichos mismos servicios, refleja con elocuencia el nivel considerable de exposición que acompaña a buena parte del negocio bancario actual”.

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