La Justicia autorizó a un menor a salir del territorio nacional en companía de su madre por un tiempo determinado con destino a España y Francia. La jueza de Familia, Gabriela Topino, dispuso que la autorización no comprende el trámite de radicación en los países de destino ni en ningún otro país, lo cual queda expresamente prohibido.
En la presentación judicial con el patrocinio de la abogada Antonella Oliveto la mujer destacó que durante todo el año 2024, la relación con su ex pareja se fue desgastando hasta que por reiteradas agresiones tuvo que solicitar una prohibición de acercamiento.
El padre del menor le envío una carta documento el 10 de diciembre del año pasado en la que le hace saber que se opone a la realización del pretendido viaje y que le revoca el permiso otorgado mediante escritura pública el 23 de setiembre de 2023 para salir del país junto al menor de edad, intimándola bajo apercibimiento de iniciar acciones penales.
Explicó el hombre que el pretendido viaje de su ex pareja no se encuentra previsto en el régimen de comunicación pactado entre ambos. Además, Manifestó temor que se quede a vivir en Europa con el hijo.
La jueza Topino sostuvo que el padre “no ha podido acreditar que sus temores sean fundados, puesto que no acompañó ninguna constancia para comprobar sus afirmaciones y a la luz de todo lo actuado no surge ningún elemento que permita inferir intenciones de la mujer de radicarse en el extranjero”.
Agregó que “en pos de respetar y hacer cumplir la debida comunicación paterno-filial, se le ordenará a la madre garantizar el contacto telefónico entre el niño y el progenitor e informándole todo lo relacionado con el niño durante el viaje, debiendo comunicarle el arribo del niño al país y a la jurisdicción, dentro de las 48 horas de producido”.